Página 12 abre la polémica por irregularidades en el rebalanceo y las tarifas de bajo consumo
Con el tono cargado
La Defensoría del Pueblo porteña reveló que las telefónicas perjudicaron a los consumidores más pobres al no cumplir con ciertas condiciones del rebalanceo tarifario.
Una investigación de la Defensoría del Pueblo porteña muestra que Telefónica y Telecom incumplieron algunos artículos del decreto que reglamentó el rebalanceo tarifario, en perjuicio de los consumidores más pobres. El capítulo en cuestión es “tarifas para clientes de bajo consumo”, una cláusula que limita el aumento dispuesto en el caso de los usuarios que menos consumen.
La medida fue tomada por las empresas en abril de 2001, cuando se duplicó el número de incobrables y aumentó la cantidad de líneas que fueron dadas de baja, según los balances de las propias firmas.
El rebalanceo supuso una reestructuración de las tarifas telefónicas: se redujo el costo de las comunicaciones de larga distancia, aumentó el de las llamadas urbanas y se eliminaron los pulsos libres incluidos en el abono. Como consecuencia, los clientes residenciales de menor consumo sufrieron aumentos de 76 a 107 por ciento.
Esta reforma tarifaria significó además un impacto diferencial en las distintas clases sociales. El gasto destinado a este servicio se duplicó en el promedio de los hogares y se triplicó para las familias más pobres, calcula un estudio la Flacso.
Desde una perspectiva más general, cuando ENTel estaba en manos del Estado, en 1986, el 10 por ciento más pobre de la población destinaba al pago de este servicio el 1,7 por ciento de su presupuesto. Siete años después de la privatización, en 1997, ese monto alcanzaba al 6 por ciento del gasto familiar total.
Para aplacar este impacto, se mantuvo la rebaja que percibían los jubilados y se redujo el aumento para las casas de familia que usaban menos pulsos telefónicos. Para acceder a este sistema de bonificación, el decreto fijó dos únicos requisitos: el titular no debía ser propietario de más de una línea y el valor de las dos facturas anteriores y el de la actual no podía exceder el tope de pulsos impuesto por el decreto.
Sin embargo, los clientes de Telefónica y Telecom recibieron en enero de 2001 una carta en la que se les comunicaba que para acceder a los descuentos por bajo consumo debían realizar un trámite en un locutorio u oficina comercial, adjuntando la fotocopia del DNI para demostrar que el domicilio del titular de la línea coincidía con el domicilio del documento.
Además, el tope de consumo estipulado por las firmas consideraba los cuatro períodos anteriores, mientras que en el decreto figuraban dos períodos. Esto significa que si una casa de familia excede ese monto un mes, queda excluida del beneficio durante cinco meses.
Los requisitos adicionales introducidos por las empresas no se apoyaron en ninguna resolución de la autoridad de aplicación. Por el contrario, la Secretaría de Comunicaciones intimó a las licenciatarias a abstenerse de enviar a los clientes notas que no se ajustasen a la normativa o modificar las condiciones de aplicación de las bonificaciones.
Con las nuevas restricciones, unos 800 mil usuarios de ambas compañías quedaron excluidos del beneficio y percibieron incrementos superiores al 50 por ciento. Mientras que las empresas acumularon una sobrefacturación superior a los 75 millones de pesos cada una.
La Defensoría recomendó al ente de control, Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), que ponga a disposición un informe periódico de aplicación de tarifas de bajo consumo y sancione a las compañías por incumplir el contrato.
El organismo oficial informó por escrito que las empresas fueron intimadas por la secretaría. Y adelantó que se programó una auditoría integral del sistema de facturación de las firmas, que aún no se ha llevado a cabo.
Al mismo tiempo, solicitó a las prestatarias información sobre los requisitos de acceso y cantidad de beneficiarios de esta tarifa reducida. En su respuesta, las telefónicas “confundieron” el rubro de bajo consumo con el de servicio universal (SU), contemplado en el decreto que impulsó la desregulación del mercado en el año 2000. Pero el SU, creado paragarantizar el acceso al servicio a toda la población, aún no entró en vigencia dado que no se implementó el Fondo Fiduciario previsto para su financiamiento.
El ex titular de la secretaría durante la gestión aliancista, Henoch Aguiar, explicó a Cash que “los conceptos de bajo consumo y servicio universal no pueden ser suplantados”. Y aseguró que “los términos del pliego de privatización y el rebalanceo tarifario siguen vigentes”.
Dos años después de la implementación del rebalanceo, la secretaría solicitó a la Universidad de Buenos Aires que analizara la variación de los ingresos de las licenciatarias a partir de la aplicación del rebalanceo. Según surge de los balances, durante los años posteriores a esta reestructuración, 1997 y 1998, las compañías casi duplicaron su rentabilidad: pasó del 8,5 por ciento en 1991 al 14 por ciento en 1997 y 13 por ciento en 1998. A esto se suma que Telecom percibió casi 10 millones de pesos más que lo permitido por ley, mientras que los ingresos de Telefónica superaron en más de 18 millones de pesos lo admitido contractualmente. A partir de estos resultados, la secretaría resolvió que las empresas debían aplicar una disminución de las tarifas. Una medida que todavía no fue implementada.
Fuente: Página 12
lunes, noviembre 17, 2003
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